Categoría: inversiones

ESMA

LA ESMA OBSERVA DE CERCA LOS CFD Y OTROS PRODUCTOS FINANCIEROS COMPLEJOS

La ESMA (o Autoridad Europea de Valores y Mercados) se plantea intervenir los CFD, acciones binarias y otros productos especulativos para garantizar la protección de los inversores minoristas.

La ESMA es un organismo cuyo objetivo es la protección del interés público, contribuyendo a la estabilidad y efectividad del sistema financiero de la Unión Europea mediante sólidos mecanismos de regulación y supervisión. Asimismo, persigue asegurar la integridad, transparencia, eficiencia y correcto funcionamiento de los mercados financieros y aumentar la protección del inversor y consumidor de productos financieros.

Su ámbito de actuación incluye, dentro del mercado de valores, las Instituciones de Inversión Colectiva, el gobierno corporativo y la información financiera; también podrá adoptar las medidas adecuadas sobre sistemas de compensación y liquidación, ofertas públicas de adquisición y los derivados crediticios, entre otras cuestiones.

Por su parte, los Contratos por Diferencias, popularmente conocidos como CFDs, son operaciones financieras llevadas a cabo normalmente sobre acciones o índices bursátiles en los que la liquidación de los mismos se realiza por la diferencia entre el precio de compra y el de venta, por ello, no hay necesidad de realizar la entrega física del activo subyacente (las acciones citadas, porque en el caso de los índices bursátiles es imposible la misma en cualquier caso). Permiten beneficiarse de las fluctuaciones de precio de los productos subyacentes sin necesidad de ser titular de los mismos. Son productos Over The Counter (OTC), esto es, cotizan en un mercado extrabursátil no organizado, donde se negocian los instrumentos financieros (acciones, bonos, materias primas, swaps o derivados de crédito) directamente entre dos partes. Esto conlleva un riesgo adicional de iliquidez, pues el inversor no puede deshacerse fácilmente de las posiciones tomadas. A su vez, Forex es un mercado mundial y descentralizado en el que se negocian divisas, esto es, operaciones en divisas y las opciones binarias, popularmente conocidas como «todo o nada» o «0 o 1». Son instrumentos financieros que dependen de la cotización de un activo subyacente por un periodo determinado de tiempo, por ejemplo, la cotización euro/dólar.

Pues bien, la ESMA está llevando a cabo una labor de supervisión y seguimiento de la contratación de CFDs, y otros productos financieros especulativos de alto riesgo, tales como opciones Forex y binarias por inversores minoristas. Así, ha llevado a cabo diversas publicaciones de preguntas y respuestas sobre todos estos productos especulativos, a fin de fomentar la convergencia en materia de supervisión, y se muestra preocupada por el hecho de que el pequeño inversor, carezca de la formación financiera suficiente como para comprender verdaderamente el alcance de estos productos, y, por otro lado, de que no se pueda garantizar adecuadamente su protección. Es por ello que la ESMA está estudiando la posibilidad de emplear sus facultades de intervención de dichos productos para evitar los riesgos de protección de los inversores en relación a los mismos, de acuerdo con el artículo 40 del  Reglamento UE 600/2014 relativo a los mercados de instrumentos financieros y por el que se modifica el Reglamento (UE) no 648/2012 (MiFIR). Entre las medidas que está estudiando la ESMA, se encuentran las de incluir límites de apalancamiento, límites garantizados sobre pérdidas de clientes y / o restricciones en la comercialización y distribución de estos productos. De acuerdo con el citado artículo, cualquier medida de intervención deberá ser aprobada por la Junta de Supervisores de la ESMA, y sólo podrá aplicarse desde el 03 de enero de 2018, que es cuando entrará en vigor la Directiva MiFID II.

Por lo que respecta a España, la CNMV también ha mostrado su preocupación respecto a la comercialización de dichos productos entre clientes minoristas en una publicación del pasado mes de marzo titulada medidas en relación con la comercialización de CFDs y otros productos especulativos entre clientes minoristas”. Dicho documento advierte sobre la inadecuación de la comercialización de tales productos entre clientes minoristas, añadiendo que tanto en España como en otros países europeos se está produciendo un incremento notable en la comercialización de los mismos entre este tipo de clientela. La CNMV requiere a todos los que comercializan estos productos para que adviertan a sus clientes de que el supervisor nacional los considera inadecuados para el perfil minorista, e informarles sobre el coste asumido si deciden cerrar su posición nada más realizar la contratación, esto es, las comisiones implícitas cobradas al cliente. En relación con los CFDs y productos Forex, deberán ser advertidos que, como consecuencia del apalancamiento, las pérdidas pueden llegar a ser superiores al importe desembolsado inicialmente por el producto. Tendrán, la obligación de recabar un texto manuscrito y grabación que permita a la comercializadora acreditar que el cliente conocía que el producto es especialmente complejo y que no es adecuado para clientes minoritas. Asimismo, se limitará la publicidad de los CFDs, opciones binarias y productos Forex, puesto que, deben contener una advertencia sobre la dificultad para comprender estos productos y su inadecuación con el perfil de cliente minorista.